Auto Supremo AS/0719/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0719/2020-RA

Fecha: 14-Dic-2020

3. De la legitimación procesal.

Los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir, el Auto de Vista de 01 de octubre de 2020, cursante de fs. 1100 a 1110 vta., gozan de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, pues si bien interpusieron recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, que dio curso a que el Tribunal Ad quem revoque la sentencia, empero esa determinación fue parcial, toda vez que la decisión revocatoria sólo beneficio a los codemandados Bernardino Choque Mamani y Guadalupe Aragón Montoya de Choque en lo pertinente a la pretensión principal más no así a la accesoria de pago de daños y perjuicios; de esta manera, se colige que la interposición de los recursos de casación, objeto de la presente resolución, son completamente permisibles, esto conforme al sistema de impugnación vertical y a lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil.