Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con las siguientes consideraciones:
Analizando el recurso de casación de fs. 736 a 738, se verifica que la Empresa de Transporte Nacional e Internacional ATB S.R.L., reitera todos los argumentos contenidos en el recurso de apelación, cursante de fs. 720 a 722; evidenciándose que ambos memoriales tienen el mismo contenido, con la diferencia de la suma y del petitorio; por lo que, el recurso de casación en análisis, contiene argumentos que fueron elaborados, con argumentos dirigidos contra la Sentencia.
Debe tomarse en cuenta, que el recurso de casación es considerado como un medio impugnatorio vertical y extraordinario, procedente en supuestos estrictamente determinados por ley, y dirigido a lograr que el máximo Tribunal ordinario, revise, reforme o anule las resoluciones expedidas en apelación, que infringen las normas de derecho material, las normas que garantizan el derecho a un debido proceso, o las formas esenciales para la eficacia y validez de los actos procesales; la legislación prevé en el art. 270-I del Código Procesal Civil (CPC-2013): “El recurso de casación procede para impugnar autos de vista dictados en procesos ordinarios y en los casos expresamente señalados por Ley”; en tal razón, conforme esta disposición se puede colige que el recurso de casación tiene como finalidad la objeción de los fundamentos esgrimidos en el Auto de Vista, no así, respecto de las consideraciones efectuadas en la Sentencia, para ello la normativa procesal prevé el recurso de apelación.
Contra la Sentencia de primera instancia procede el recurso de apelación, en el que corresponderá exponer los agravios que la ley refiere, a diferencia del recurso de casación que soló procede contra el Auto de Vista que resolvió la apelación, por cuanto a diferencia del juicio que expide el Tribunal de apelación, en casación, corresponderá establecer si el Tribunal de alzada incurrió o no, en infracción legal al momento de resolver la impugnación formulada contra la Sentencia
Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con las siguientes consideraciones:
Analizando el recurso de casación de fs. 736 a 738, se verifica que la Empresa de Transporte Nacional e Internacional ATB S.R.L., reitera todos los argumentos contenidos en el recurso de apelación, cursante de fs. 720 a 722; evidenciándose que ambos memoriales tienen el mismo contenido, con la diferencia de la suma y del petitorio; por lo que, el recurso de casación en análisis, contiene argumentos que fueron elaborados, con argumentos dirigidos contra la Sentencia.
Debe tomarse en cuenta, que el recurso de casación es considerado como un medio impugnatorio vertical y extraordinario, procedente en supuestos estrictamente determinados por ley, y dirigido a lograr que el máximo Tribunal ordinario, revise, reforme o anule las resoluciones expedidas en apelación, que infringen las normas de derecho material, las normas que garantizan el derecho a un debido proceso, o las formas esenciales para la eficacia y validez de los actos procesales; la legislación prevé en el art. 270-I del Código Procesal Civil (CPC-2013): “El recurso de casación procede para impugnar autos de vista dictados en procesos ordinarios y en los casos expresamente señalados por Ley”; en tal razón, conforme esta disposición se puede colige que el recurso de casación tiene como finalidad la objeción de los fundamentos esgrimidos en el Auto de Vista, no así, respecto de las consideraciones efectuadas en la Sentencia, para ello la normativa procesal prevé el recurso de apelación.
Contra la Sentencia de primera instancia procede el recurso de apelación, en el que corresponderá exponer los agravios que la ley refiere, a diferencia del recurso de casación que soló procede contra el Auto de Vista que resolvió la apelación, por cuanto a diferencia del juicio que expide el Tribunal de apelación, en casación, corresponderá establecer si el Tribunal de alzada incurrió o no, en infracción legal al momento de resolver la impugnación formulada contra la Sentencia
- Demandado: Empresa de Transporte Nacional e Internacional ATB
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- La Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de El Alto, emitió la Sentencia N°
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la Empresa de Transporte Nacional e Internacional ATB S
- Javier Pánfilo Mendoza Calderón y Max Ticona Balboa, en representación de la Empresa de Transporte
- 2
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- 8
- 9
- Petitorio
- Contestación
- Dispuesto el traslado del recurso de casación formulado, mediante decreto de 15 de julio de
- Admisión del recurso de casación
- El Tribunal de apelación por Auto de 12 de agosto de “2018” (debió decir 2019),
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
- Correspondiendo en el recurso de casación, orientar sus argumentos a cuestionar los fundamentos que considere
- En el caso, la empresa recurrente, reiteró los argumentos esgrimidos en su apelación, que están
- Conforme a las características de este medio de impugnación, quien recurre de casación, debe citar
- Sin embargo, en el recurso de casación formulado, se añade una infracción a la copia
- Estas inobservancias, de ningún modo pueden suplirse por este Tribunal, sin que ésta decisión implique
- Regístrese, comuníquese y cúmplase. -
