Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0093/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0093/2020

    Fecha: 20-Feb-2020

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Sentencia
    • Auto de Vista
    • Contra el referido Auto de Vista, el GAM de Cobija mediante escrito de fs
    • Finalmente señalo que de acuerdo a las planillas de pago, se demostró que el actor
    • Petitorio
    • Contestación al recurso y admisión
    • Mediante Auto de 04 de septiembre de 2019, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Por otra parte, se debe puntualizar que la legislación vigente y la jurisprudencia emitida por
    • En el presente caso, se han alegado tres aspectos, que se desglosan de la siguiente
    • Pese a esos argumentos, con el propósito de establecer el régimen legal laboral aplicable al
    • Por su parte, la Ley 2028 de 28 de octubre de 1999 denominada Ley de
    • La citada Ley 2028, realiza un corte en cuanto se refiere al régimen laboral de
    • 3
    • En consecuencia, a partir de la vigencia de la Ley N° 2028 (8 de noviembre
    • Además, el art
    • Posteriormente, el art
    • Dicha Ley N° 321, exceptúa a las servidoras públicas y los servidores públicos electos y
    • De ello se infiere que, para determinar la normativa aplicable a una problemática laboral vinculada
    • Ahora bien, debe tenerse presente que, la Sentencia de primera instancia, que fue confirmada por
    • Esta norma ha sido declarada Constitucional mediante la Sentencia Constitucional Nº 068/2004 de 13 de
    • Consiguientemente, al haberse acreditado en el caso presente que el demandante era empleado público sujeto
    • Se debe tomar en cuenta que si bien en las consultorías, se acuerdan contractualmente las
    • A esto, debemos añadir a manera de aclaración que, las determinaciones que asumen los impartidores
    • Finalmente en cuanto a la contestación al recurso de casación, en la cual se señaló
    • En el marco legal descrito, se establece que el Tribunal de Alzada no incurrió en
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Sin costas en aplicación del art
    • Regístrese, comuníquese y cúmplase.-

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca