Auto Supremo AS/0093/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2020

Fecha: 20-Feb-2020

Contra el referido Auto de Vista, el GAM de Cobija mediante escrito de fs


II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
Contra el referido Auto de Vista, el GAM de Cobija mediante escrito de fs. 113 a 114, interpuso recurso de casación, conforme lo siguiente:
Alegó violación del art. 108 numerales 1 y 2 de la Constitución Política del Estado (CPE), porque el Tribunal de alzada tiene como uno de sus deberes fundamentales de velar por los intereses del Estado y de la sociedad, interpretando de manera minuciosa las leyes que señalan los demandantes, debiendo respetarse y adecuarse a las leyes que rigen la vida institucional, como las de administración pública, la Ley de Administración y Control Gubernamental, el Estatuto del Funcionario Público, la Ley de Procedimiento Administrativo y demás normas, a las que se rigió la parte actora.
Que el Tribunal de alzada está en la obligación de velar la igualdad de las partes dentro del proceso y el derecho a la defensa es totalmente inviolable, debiendo aplicarse el art. 119 de la CPE, para ambas partes del proceso; no como en el presente caso, que se consideró el mismo, solo a favor de la parte demandante; por consiguiente, considera que no se habría velado por los intereses del Estado, al haber trabajado el actor bajo las disposiciones de las Leyes de Administración y Control Gubernamental y del Estatuto del Funcionario Público