3. De la legitimación procesal
En lo que respecta al recurso de casación de la Distribuidora CUMMINS S.A. sucursal Bolivia representada legalmente por René Mauricio Salas Veintemillas, se tiene que fue notificada el 14 de noviembre de 2019 con el Auto de Vista Nº 339/2019 de 03 de octubre, cursante a fs. 501 y presentó su recurso el 27 de noviembre de 2019, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 626, cumpliendo con el requisito del plazo para la interposición de su recurso de casación en vigencia del plazo de diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Rene Mauricio Salas
- Proceso: Cumplimiento de contrato más pago de daños y perjuicios
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, la Distribuidora CUMMINS S
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación interpuesto por la Distribuidora CUMMINS S
- a) Acusó que el Auto de Vista recurrido, vulneró manifiestamente el derecho de CUMMINS al
- b) Demandó vulneración del derecho al debido proceso de CUMMINS en su componente de congruencia
- c) Expresó que el auto de Vista vulneró el derecho al debido proceso en su
- d) Reclamó que el Auto de Vista vulneró el principio de auto vinculación de los
- e) Señalo que la resolución de segunda instancia consolidó los errores del juez, vulnerando así
- En el fondo
- f) Argumentó errónea interpretación de los arts
- g) Señaló que el demandante no probó los daños y perjuicios alegados, y los Vocales
- h) Expresó que el informe pericial es ambiguo y emite juicios de valor y no
- Petitorio
- Solicitó anular hasta la emisión de un nuevo Auto de Vista o en su caso
- de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
