La falta de valoración de las declaraciones testificales propuestas por los demandantes en virtud a
La falta de valoración de las declaraciones testificales propuestas por los demandantes en virtud a que la autoridad jurisdiccional mencionó que “los testigos de cargo no habrían aportado ningún dato que demuestre las aseveraciones del demandante, por que desconocían los datos del inmueble”, manifestación que vulneró los medios de prueba, puesto que es absurdo que se pida a los testigos de cargo que sepan las colindancias exactas del bien inmueble, más aun si ellos aseveraron que el lote era del Sr. Silva, y que Dionisia Sullcata solo tenía 100 m2 para vender, aspectos que no fueron valorados por el Tribunal de alzada a momento de emitir el auto de vista
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-296/2019 de 02 de julio, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Que el Tribunal de alzada debió evidenciar las falencias que fueron omitidas por la Juez
- La falta de valoración de las declaraciones testificales propuestas por los demandantes en virtud a
- Por lo que solicita la emisión de un Auto Supremo que case el auto de
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
