Por memorial de casación presentado el 3 de febrero de 2020, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 215/2020-RA
Sucre, 18 de febrero de 2020
Expediente : Santa Cruz 11/2020
Parte Acusadora : Abraham Paniagua Sandoval
Parte Imputada : Lindolfo Portal Céspedes
Delito : Cheque en Descubierto
RESULTANDO
Por memorial de casación presentado el 3 de febrero de 2020, cursante de fs. 175 a 178 vta., Lindolfo Portal Céspedes, impugna el Auto de Vista 54 de 9 de septiembre de 2019, de fs. 164 a 167 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Abraham Paniagua Sandoval en contra del recurrente, por la presunta comisión del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 215/2020-RA
Sucre, 18 de febrero de 2020
Expediente : Santa Cruz 11/2020
Parte Acusadora : Abraham Paniagua Sandoval
Parte Imputada : Lindolfo Portal Céspedes
Delito : Cheque en Descubierto
RESULTANDO
Por memorial de casación presentado el 3 de febrero de 2020, cursante de fs. 175 a 178 vta., Lindolfo Portal Céspedes, impugna el Auto de Vista 54 de 9 de septiembre de 2019, de fs. 164 a 167 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Abraham Paniagua Sandoval en contra del recurrente, por la presunta comisión del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del Código Penal (CP)
- Por memorial de casación presentado el 3 de febrero de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Lindolfo Portal Céspedes formuló recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 27 de enero de 2020 (fs
- Se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Se tiene que el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta
- Sobre la problemática planteada invocó el Auto Supremo 171 de 15 de mayo de 2006,
- Sin perjuicio de lo anterior, en la fundamentación de este recurso, el recurrente denuncia la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
