POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184.1 de la Constitución Política del Estado y el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo cursante de fs. 286 a 287 vta., interpuesto por el Rómulo Claure Severiche, en representación legal de la Empresa “DIESEL SRL.”; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 163/2019 de 7 de agosto, cursante de fs. 278 a 281. Con costas
- I.1.Antecedentes del proceso
- Mariela Vacaflor Rocha, en su escrito de fs
- La Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Quillacollo del Distrito Judicial de
- Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia Nº 81/2017 de 1 de septiembre, cursante
- I.3 Motivos del recurso de casación
- I
- II.1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- II.1.2. Argumentos de derecho y de hecho
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con
- Respecto a la denuncia si corresponde o no el pago de la multa del 30%,
- Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión,
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
