Auto Supremo AS/0209/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0209/2020

Fecha: 09-Mar-2020

II

II.1.2.1. En cuanto al hecho que la demandante cumplió funciones en el Municipio de Quillacollo, como funcionaria provisoria; que el municipio demandado pagó los doce salarios correspondientes al ítem 333 como consta de fojas 1 a 12, no correspondiendo el pago de salarios devengados por tiempo que la demandante no cumplió ninguna función, cabe señalar:
El recurso de casación, es uno extraordinario y de puro derecho, que no constituye una continuación del proceso o una tercera instancia. Debe quedar claramente establecido que el recurso de casación tampoco constituye y no es un medio para la resolución de una controversia entre las partes, sino una cuestión de responsabilidad entre la ley y sus infractores