Auto Supremo AS/0212/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Contra el referido Auto de Vista, la Empresa Constructora “Salinas Iriarte”, representado por Ariel Ramiro

II.- RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
Contra el referido Auto de Vista, la Empresa Constructora “Salinas Iriarte”, representado por Ariel Ramiro Salinas Ríos, por escrito de fs. 84 a 86, interpuso recurso de casación, conforme a los siguientes argumentos:
1.- Afirmó que el Auto de Vista le causo un gravísimo agravio, porque, al haber confirmado la Sentencia, se le ordenó pagar un monto alto a favor del demandante, habiéndose desarrollado el proceso emitiéndose una Sentencia y un Auto de Vista sin valorar a cabalidad lo esencial, cuál era la no existencia de dependencia laboral; toda vez que, el demandante nunca tuvo una relación obrero patronal con su persona, no tenía un horario de trabajo, no percibía un salario; sino más bien, los unía un contrato global, el cual se le pagaba por avance de obra, además de que el demandante desarrollaba el oficio de cerrajero y tenía bajo su dependencia 3 personas a quienes les pagaba su salario, vulnerándose el art. 1º de la Ley General del Trabajo (LGT), concordante con el art. 1º del Decreto Supremo (DS) Nº 23570