Auto Supremo AS/0212/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Por lo señalado y considerando también el principio protector de la “primacía de la realidad” por el

Por lo señalado y considerando también el principio protector de la “primacía de la realidad” por el que prevalece la veracidad de los hechos a lo que se pactó, se establece que en el caso en particular existió una relación laboral, aspectos que tanto el Juez de primera instancia, como el Tribunal de alzada, establecieron válidamente en el marco de aplicación de los arts. 3-j) y 158 del CPT, en lo concerniente al libre análisis de las pruebas ofrecidas por las partes; por otra parte, debe darse cumplimiento irrestricto de los principios protectivos resguardados constitucionalmente a favor de todo trabajador, conforme dispone el art. 48-II de la CPE; elementos que el juzgador debe subsumir en el principio de la verdad material, por el cual debe prevalecer dicha verdad sobre la verdad formal