Contra la referida Sentencia, la imputada Aida Cáceres García (fs
Contra la referida Sentencia, la imputada Aida Cáceres García (fs. 420 a 449), interpuso recurso de apelación restringida, que previo memorial de subsanación (fs. 465 a 474 vta.) fue resuelto por Auto de Vista 308/2019 de 30 de diciembre, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; por ende, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 31 de enero de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, la imputada Aida Cáceres García (fs
- Por diligencia de 24 de enero de 2020 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Del único motivo traído en casación, se advierte que la recurrente rememora de manera amplia
- Luego, denuncia como problemática de casación la vulneración al debido proceso, arguyendo como yerros incurridos
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
