Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0231/2020-RA
Fecha: 04-Mar-2020
-
Por memorial presentado el 7 de febrero de 2020, cursante de fs
-
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
-
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Paulino Marín Chávez formuló recurso de apelación restringida (fs
-
Por diligencia de 31 de enero de 2020 (fs
-
El recurrente acusa que el Auto de Vista impugnado carece de la debida fundamentación y
-
Como precedente contradictorio de ambos motivos de casación invoca el Auto Supremo 272/2013 RRC de
-
El art
-
En este contexto, el art
-
Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
-
Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
-
Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
-
Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
-
El precepto legal contenido en el citado art
-
Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
-
Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
-
Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
-
En correspondencia con la doctrina de flexibilización, coexisten los siguientes criterios que permiten de igual
-
Falta de debida fundamentación y/o incongruencia omisiva
-
Respecto a la valoración de la prueba
-
En el caso de autos, se establece que el 31 de enero de 2020, el
-
En el primer motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado carece de la
-
No obstante, conforme se dejó constancia en el acápite anterior de la presente Resolución, el
-
Con relación al segundo motivo, el recurrente incurre en la misma deficiencia identificada en el
-
Regístrese, hágase saber y devuélvase
-
FDO
-
Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
Otros enlaces de interés: