Por otra parte, ante el reclamo de vulneración de derechos fundamentales, y, en el ámbito
Por otra parte, ante el reclamo de vulneración de derechos fundamentales, y, en el ámbito de los presupuestos de flexibilización desarrollados en el acápite IV de esta resolución, se advierte que la parte recurrente señala de manera genérica que el Auto de Vista impugnado vulnera el debido proceso y el derecho a la defensa, sin precisar los antecedentes de hecho generadores del recurso; además, de omitir detallar con precisión en qué consistente la restricción de sus derechos; y, menos establece con claridad el resultado dañoso emergente del defecto, incumpliendo los requisitos de admisibilidad por flexibilización, razón por la cual el recurso de casación es inadmisible
- Por memorial presentado el 13 de junio de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, los recurrentes, formularon recursos de apelación restringida (fs
- Por diligencias de 7 de junio de 2019 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Denuncian los recurrentes que el Auto de Vista impugnado señala “que cuando se plantea una
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de Autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- En los dos motivos casacionales, la parte recurrente señala que el Auto de Vista impugnado
- Por otra parte, ante el reclamo de vulneración de derechos fundamentales, y, en el ámbito
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
