Por memoriales presentados el 27 de noviembre de 2019, Cristóbal Poma Quispe, María Nancy Quispe
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 249/2020-RA
Sucre, 09 de marzo de 2020
Expediente: La Paz 28/2020
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Janneth Cristina Poma Quispe y otros
Delito : Asesinato
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 27 de noviembre de 2019, Cristóbal Poma Quispe, María Nancy Quispe de Poma y Janneth Cristina Poma Quispe, de fs. 2260 a 2261 vta., 2268 a 2271 y 2276 a 2279, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 65/2019 de 10 de julio, de fs. 2247 a 2258 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Lorena Medina Gonzáles contra Gabriela Shirley Poma Quispe, Cristóbal Poma Apaza y los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Asesinato en grado de complicidad y Encubrimiento, previstos y sancionados por los arts. 252 con relación al 23 y 171 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 249/2020-RA
Sucre, 09 de marzo de 2020
Expediente: La Paz 28/2020
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Janneth Cristina Poma Quispe y otros
Delito : Asesinato
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 27 de noviembre de 2019, Cristóbal Poma Quispe, María Nancy Quispe de Poma y Janneth Cristina Poma Quispe, de fs. 2260 a 2261 vta., 2268 a 2271 y 2276 a 2279, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 65/2019 de 10 de julio, de fs. 2247 a 2258 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Lorena Medina Gonzáles contra Gabriela Shirley Poma Quispe, Cristóbal Poma Apaza y los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Asesinato en grado de complicidad y Encubrimiento, previstos y sancionados por los arts. 252 con relación al 23 y 171 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memoriales presentados el 27 de noviembre de 2019, Cristóbal Poma Quispe, María Nancy Quispe
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, los imputados Janneth Cristina Poma Quispe, Cristóbal Poma Quispe y María
- II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- Previa relación de los hechos señala que el Auto de Vista no realizó un correcto
- Respecto de la temática planteada invoca el Auto de Supremo 99 de 25 de julio
- II.2. Recuso de casación de María Nancy Quispe de Poma
- Refiere que las acusaciones en el punto quinto señalan que los cuerpos de las víctimas
- En el punto seis de la acusación se hubiera señalado que la imputada habría cooperado
- Respecto de dichas afirmaciones señala que en todo el juicio no se demostró en ningún
- II.3. Recuso de casación de Janneth Cristina Poma Quispe
- Previa una relación de los hechos y del contenido del Auto de Vista que declaró
- Con relación a dichos puntos señala que, de la lectura de la apelación restringida, en
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el 20 de noviembre 2019, los recurrentes
- IV.1.Recuso de casación de Cristóbal Poma Quispe
- El recurrente haciendo una relación de los hechos denuncia que el Auto de Vista no
- Con relación a la temática planteada invocó la Sentencia Constitucional 0871/2010 de 10 de agosto,
- IV.2. Recuso de casación de María Nancy Quispe de Poma
- Refiere que existió inobservancia de la Ley sustantiva y falta de adecuación de la conducta
- Asimismo, la recurrente invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 451 de 13 de septiembre
- A efectos de contrastar lo denunciado, los argumentos de la misma y descubrir un sentido
- IV.3. Recuso de casación de Janneth Cristina Poma Quispe
- Previa relación de los hechos y del contenido del Auto de Vista que declaró improcedente
- Al respecto, invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 266/2014-RRC de 24 de junio, 267/2013-RRC
- Asimismo, se advierte que la recurrente si bien hace referencia a la existencia de vulneración
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
