Finalmente, el Ministerio Público al denunciar vulneración a sus derechos y garantías constitucionales, específicamente al
Finalmente, el Ministerio Público al denunciar vulneración a sus derechos y garantías constitucionales, específicamente al acceso a la justicia oportuna, solicitó declare la admisibilidad de su recurso y anulación del Auto de Vista; al respecto, si bien este Tribunal ha establecido presupuestos de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permitiría abrir excepcionalmente la competencia de este Tribunal; empero, ello es posible a condición del cumplimiento de ciertos presupuestos; es decir, no basta que el recurrente se limite a formular una simple denuncia de actividad procesal defectuosa o vulneración de derechos y garantías sin la debida fundamentación, como ocurre en el presente caso. Por el contrario, tienen el deber de proveer los antecedentes de hecho, además detallar con precisión la restricción o disminución del derecho o garantía que se considera vulnerado, precisando el mismo y explicando el resultado dañoso del defecto denunciado, obligaciones que han sido totalmente incumplidas; consecuentemente, ante el incumplimiento de los requisitos de fondo conforme se ha precisado en párrafo anterior, tampoco le es posible a este Tribunal admitir el presente recurso en uso del presupuesto de flexibilización referido
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo de reclamo
- Añade que el Tribunal de alzada inobservó lo dispuesto por el art
- Manifiesta además que no se antepuso la realidad antes que cualquier situación remitiéndose a la
- Finalmente, el Ministerio Publico manifiesta que en cumplimiento del art
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el Ministerio Público fue notificado con el
- Por otra parte, invoca la SC 713/2010-R respecto a la cual debe recordarse que, conforme
- Finalmente, el Ministerio Público al denunciar vulneración a sus derechos y garantías constitucionales, específicamente al
- En consecuencia, se establece que el recurso en análisis ha sido planteado de manera incorrecta
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
