Auto Supremo AS/0253/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0253/2020

Fecha: 09-Mar-2020

En este entendido, al haberse evidenciado que el actor trabajó como funcionario dependiente de la

Consiguientemente y en relación al caso de análisis, el actor le corresponde el pago del aguinaldo, regulados en el auto de vista recurrido, ya que como se ha dicho el actor realizaba trabajos de tareas propias del Municipios.
En este entendido, al haberse evidenciado que el actor trabajó como funcionario dependiente de la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija (ZOFRACOBIJA), ubicada en Cobija-Pando, ciudad fronteriza con la República Federativa del Brasil, que se encuentra dentro de los 50 kilómetros previstos en el art. 12 del Decreto Supremo Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985, por este motivo, al ser los derechos irrenunciables e imprescriptibles conforme determinan los arts. 48. III y IV de la Constitución Política del Estado y 4 de la Ley General del Trabajo, corresponde reconocer a favor de la demandante, el subsidio de frontera y aguinaldo, concedido en sentencia y ratificado en el auto de vista recurrido, quienes, para arribar a la conclusión asumida, valoraron de forma correcta la prueba adjuntada durante la tramitación de la causa, conforme facultan los arts. 3. j) ,158 y 200 del Código Procesal del Trabajo