Auto Supremo AS/0261/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0261/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Que, en el marco legal descrito precedentemente, se concluye que el Tribunal de Alzada no incurrió

Que, en el marco legal descrito precedentemente, se concluye que el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación o errónea aplicación de normas, ni en la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley al confirmar la Sentencia de primera instancia y declarar en su mérito probada la demanda como se acusó en el recurso de casación, correspondiendo en consecuencia, aplicar el artículo 273 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo