Auto Supremo AS/0335/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

A su vez, la norma derogada no regirá como regla para la actividad a cumplir

Por otra parte, en lo referente a la aplicación de la Ley procesal penal, la Sentencia Constitucional 693/2013-L de 19 de julio señaló: “ ‘La verdad es que una ley procesal penal creadora o modificadora de una actividad o situación, regirá de presente y de futuro, no afectando la actividad ya cumplida ni las situaciones adquiridas.

A su vez, la norma derogada no regirá como regla para la actividad a cumplir o situaciones a adquirir: no ultraactividad de la ley derogada. (…) De todas maneras, se encuentra fuera de discusión la idea de que los actos anteriores a las modificaciones, cumplidos con arreglo a la ley entonces vigente, mantienen su validez’