Así, de manera general, su argumento radica en la no procedencia del pago del desahucio
Así, de manera general, su argumento radica en la no procedencia del pago del desahucio al actor, porque este concepto no se encontraría pretendido de manera expresa en la demanda; y que dicha omisión constituye un acto implícito de reconocimiento de retiro voluntario, además que en el acápite “Cálculo de beneficios sociales” no se expresaría el monto y concepto pretendido por desahucio; aspectos que ya fueron resueltos en el Auto de Vista y sin embargo, no se menciona qué norma estuviere mal aplicada o erróneamente interpretada en ésta última resolución, respecto de estos aspectos identificados, o cuáles serían las nulidades específicas, incurridas al momento de emitir esta determinación judicial, de modo que no se permite a este Tribunal realizar mayor análisis sobre tal cuestión
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Reiterando los mismos argumentos contenidos en el escrito del recurso de apelación de fs
- La demanda es confusa, porque en el acápite “cálculo de beneficios sociales” no expresa el
- Finalizó señalando que el Auto de Vista no puede alegar la aplicación del art
- Petitorio
- Contestación al recurso
- Doctrina aplicable al caso
- En ese sentido, corresponde precisar que la finalidad del recurso de casación procede para invalidar
- Fundamentos del caso concreto
- En tal sentido, no se tiene certeza de cuál de las causas previstas en el
- Considerando las características de este medio de impugnación, quien recurre de casación, debe citar la
- Así, de manera general, su argumento radica en la no procedencia del pago del desahucio
- Como corolario de la deficiencia anotada, el recurrente repite el petitorio del recurso de apelación,
- Estas inobservancias señaladas precedentemente, de ninguna manera pueden suplirse por este Tribunal, sin que esta
- En mérito a los argumentos señalados, corresponde a este Tribunal Supremo, dar aplicación a lo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- No se regula el honorario del abogado, por no haber sido contestado el recurso en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
