Auto Supremo AS/0266/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0266/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Como corolario de la deficiencia anotada, el recurrente repite el petitorio del recurso de apelación,

Como corolario de la deficiencia anotada, el recurrente repite el petitorio del recurso de apelación, señalando: “A efectos de que el Tribunal Superior en Grado revoque el Auto de Vista N° 165/2019 y anule la Sentencia N° 001/2018 y consecuentemente ordene se realice una nueva liquidación en sentencia sin considerar el desahucio por Bs. 5.415.-“; incumpliendo su deber de circunscribir su petitorio en el marco del art. 220 del CPC-2013, ingresando en franco desconocimiento de la normativa señalada, pues las decisiones revocatorias son emitidas por los Tribunales de segunda instancia en el trámite de apelación, conforme dispone el art. 218 parág. II num. 3 del CPC-2013