La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
Peticionando que se confirme y se mantenga firme y subsistente la sentencia de primera instancia.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN de los recursos de casación cursante de fs. 799 a 827 vta., interpuesto por Rodrigo Francisco Riveros Valverde mediante su representante Marisol Valverde Moncada y de fs. 830 a 836 vta., presentado por María Cinthya Catalina Guerra Carecchio por sí y por Franz Salvador Riveros Guerra, impugnando el Auto de Vista N° 38/2019 de 7 de febrero cursante de fs. 775 a 780 vta., pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN de los recursos de casación cursante de fs. 799 a 827 vta., interpuesto por Rodrigo Francisco Riveros Valverde mediante su representante Marisol Valverde Moncada y de fs. 830 a 836 vta., presentado por María Cinthya Catalina Guerra Carecchio por sí y por Franz Salvador Riveros Guerra, impugnando el Auto de Vista N° 38/2019 de 7 de febrero cursante de fs. 775 a 780 vta., pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Auto Supremo: 295/2020-RA
- Partes: Rodrigo Francisco Riveros Valverde y otra c/ María Cynthia Catalina Guerra Carecchio y otros
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- El caso presente trata de un Auto de Vista que revocó parcialmente la sentencia que
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación de los recursos de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido de los recursos de casación
- Del recurso planteado cursante de fs
- Denunció que se incurrió en error de hecho y de derecho en la aplicación de
- Manifestó error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas y en
- Sostuvo violación de los arts
- Indicó error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas y en
- Del recurso de casación interpuesto por María Cynthia Catalina Guerra Carecchio por sí y por
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
