Auto Supremo AS/0302/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2020-RA

Fecha: 22-Jul-2020

Que el Ad quem vulneró e interpretó de manera errónea los arts

De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista N° 33/2020 de 27 de febrero cursante de fs. 1332 a 1343 este goza de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, toda vez que por memorial cursante de fs. 1295 a 1304 vta., presentó oportunamente su recurso de apelación, que dio lugar a la emisión del auto de vista confirmatorio, de lo que se colige que la interposición de este medio de impugnación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical.
4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación, se observa que Carlos Carreón Berazain en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusó:
Que el Ad quem vulneró e interpretó de manera errónea los arts. 568. I, 344, 519 y 520 del Código Civil conexo a los arts. 1, 8, 13, 11, 117, 178 y 180 de la Constitución Política del Estado y los arts. 111, 134, 144, 145 y 147 de la Ley N° 439, dado que razonó en forma diametralmente opuesta al fallo impugnado, sin embargo, no explicó ni fundamentó porque el A quo tenía razón al emitir la sentencia, además no modificó ni subsanó los elementos que fueron observados en el recurso de apelación