Auto Supremo AS/0305/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2020

Fecha: 27-Jul-2020

1

1.- La demandante, indica que la entidad demandada, en su recurso de casación, reclamó la vulneración del art. 33 del DR de la LGT, debido a que supuestamente las vacaciones no son acumulables, sin mencionar que solo se tomó en cuenta 60 días adeudados de vacaciones por las gestiones 2015 y 2016; empero el Juez de primera instancia, tomó en cuenta las literales de fs. 40 y 41 de obrados donde me adeudan 13 días de vacación, los cuales le fueron negados y por causas atribuibles a la institución demandada