De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista N° 120/2019 de 05 de diciembre cursante de fs. 426 a 429 vta., este goza de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, toda vez que el auto de vista impugnado es anulatorio afectando los intereses del ahora recurrente, por lo que se colige que la interposición de este medio de impugnación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical
- Auto Supremo: 310/2020-RA
- Partes: Claudio García García c/ Víctor Marlos Kublik y Tania Jesús Barrera
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Víctor Marlos Kublik conforme
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Claudio García García según memorial
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 120/2019 de 05 de diciembre cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- Que el Ad quem al anular la sentencia convirtió su resolución en una resolución extra
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
