Auto Supremo AS/0386/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Por consiguiente, el fundamento expuesto en el punto II

Por consiguiente, el fundamento expuesto en el punto II.1.i, inc. i) del Auto de Vista impugnado, no incurre en contradicción a los precedentes invocados; toda vez, que el Tribunal de alzada a tiempo de emitir resolución sobre el punto cuestionado no emitió fundamentos contradictorios ni incongruentes como asevera el recurrente, sino por el contrario se advierte que el Tribunal de alzada cumplió con su deber de control de la Sentencia ajustando su actividad jurisdiccional a lo previsto por el art. 124 del CPP, cumpliendo con los parámetros de una debida fundamentación en correspondencia a lo cuestionado por el recurrente en la formulación de su recurso de apelación restringida, por lo que el presente punto del motivo deviene en infundado