Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0428/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0428/2020

    Fecha: 22-Jul-2020

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia
    • Dispuso que en consecuencia, la demandada deberá hacer efectivo el pago a favor del actor,
    • I.2. Auto de Vista
    • En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 157/2019 de 14 de octubre (fojas
    • I.3 Motivos del recurso de casación
    • Que, contra el referido auto de vista, Miriam Ruth Castellón Claure, interpuso el recurso de
    • I
    • II.1.1. Consideraciones previas
    • Que así expuestos los argumentos del recurso de casación en el fondo de fojas 449
    • Antes de ingresar a la consideración de los elementos del recurso, es importante precisar que
    • No obstante las deficiencias anotadas, en cumplimiento de lo que dispone el parágrafo I del
    • El artículo 72 del Código Procesal del Trabajo, contiene la descripción de la forma en
    • Por su parte, el artículo 120 del mismo cuerpo normativo, dispone: “La demanda se dirigirá
    • En virtud del texto de las normas transcritas, se establece que en materia laboral, es
    • II
    • Del mismo modo, el hecho que se utilicen sellos o diversas formas de identificación en
    • En este sentido, es importante recordar a la recurrente, que la apreciación y valoración de
    • Si se pretende la revaloración de la prueba en casación, al haber incurrido en error
    • En la especie, no fue acusado error de hecho, como tampoco se demostró a través
    • Si bien Miriam Ruth Castellón Claure pudo ser una empleada más en el Cine Comercio,
    • Al expresar que se vulneró los principios de verdad material, legalidad y seguridad jurídica, es
    • Debe quedar claro que al juzgador no le está permitido, suponer, inferir, derivar o presumir
    • Al impugnar un auto de vista, a través de un recurso de casación, debe desarrollarse
    • Sobre el hecho que la recurrente no tenga nada que ver en el proceso, el
    • Que, en el marco legal descrito, el tribunal de alzada no incurrió en trasgresión, violación
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Supremo Tribunal de
    • Con costas
    • Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca