Auto Supremo AS/0316/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0316/2020-RA

Fecha: 24-Ago-2020

Expresó que, el Auto de Vista al persistir sostener que el A quo erró

Expresó que, el Auto de Vista al persistir sostener que el A quo erró al fundamentar su resolución en los arts. 339.II y 1502 núm. 6) de la C.P.E., no tomó en cuenta que la corriente civilista con relación al instituto de la prescripción deviene del Código Civil de 6 de agosto de 1975, y que sin embargo los arts. 339 y 410 de la actual Constitución Política del Estado promulgada el 2009 posteriormente al Código Civil, constituye normativa constitucional preferente en su aplicación y establece que los bienes correspondientes al patrimonio del Estado y de las entidades públicas constituyen propiedad del pueblo boliviano, inviolable, inembargable e imprescriptible, en tal sentido ENTEL S.A. al haber sido nacionalizada por D.S. Nº 29544 constituye patrimonio del Estado Boliviano, en tal sentido ENTEL S.A. refirió que en ningún momento abandonó su pretensión de obtener el pago por la existencia de responsabilidad respecto al patrimonio del Estado establecido en los arts. 112 y 113 de la Constitución Política del Estado