Regístrese, comuníquese y cúmplase.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 199 a 204, presentado por ENTEL S.A. (Empresa Nacional de Telecomunicaciones Sociedad Anónima) impugnando el Auto de Vista N° 03/2020 de 17 de enero, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
- Auto Supremo: 316/2020-RA
- Partes: ENTEL S.A. (Empresa de Telecomunicaciones Sociedad Anónima) c/ TURISMO HISPANO AMÉRICA S.R.L
- Proceso: Cumplimiento de obligación
- 2
- 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación, interpuesto por la Empresa Nacional de Telecomunicaciones ENTEL S
- a) Reclamó que el Auto de Vista de 17 de enero, incurrió en error formal
- Fondo
- Atribuyó interpretación errónea y aplicación indebida de la Ley, con relación a que el Tribunal
- Expresó que, el Auto de Vista al persistir sostener que el A quo erró
- Petitorio
- Solicitó casar totalmente el Auto de Vista de 17 de enero de 2020, declarando probada
- Así planteados los agravios por la empresa recurrente, se concluye que, en la forma, cumplió
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
