ANTECEDENTES DEL PROCESO
Partes: Angélica Caterine Zamudio Zambrana c/Eva Noguera Pereira.
Proceso: Resolución de contrato.
Distrito: Potosí.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 133 a 136, interpuesto por Eva Noguera Pereira, contra el Auto de Vista N° 027/2020 de 10 de marzo, cursante de fs. 125 a 129 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, en el proceso de resolución de contrato, seguido por Angélica Caterine Zamudio Zambrana contra la recurrente, la concesión a fs. 139 vta., y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
1. Angélica Caterine Zamudio Zambrana, mediante memorial de fs. 27 a 29 vta., interpuso demanda de resolución de contrato contra Eva Noguera Pereira, quien una vez citada excepcionó y contestó en forma negativa, desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 14/2018 de 16 de abril, cursante de fs. 83 a 88, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 1 de Potosí declaró PROBADA la demanda
Proceso: Resolución de contrato.
Distrito: Potosí.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 133 a 136, interpuesto por Eva Noguera Pereira, contra el Auto de Vista N° 027/2020 de 10 de marzo, cursante de fs. 125 a 129 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, en el proceso de resolución de contrato, seguido por Angélica Caterine Zamudio Zambrana contra la recurrente, la concesión a fs. 139 vta., y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
1. Angélica Caterine Zamudio Zambrana, mediante memorial de fs. 27 a 29 vta., interpuso demanda de resolución de contrato contra Eva Noguera Pereira, quien una vez citada excepcionó y contestó en forma negativa, desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 14/2018 de 16 de abril, cursante de fs. 83 a 88, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 1 de Potosí declaró PROBADA la demanda
- Expediente: PT-5-20-S
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 2
- 3
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4.- Del Contenido del recurso de casación
- Que la sentencia y el Auto de Vista se apartaron de la directriz establecida en
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
