En virtud a la diligencia de fs
En virtud a la diligencia de fs. 1107, se evidencia que los recurrentes fueron notificados con el Auto de Vista impugnado el jueves 12 de marzo de 2020, interponiendo su recurso de casación el 16 de marzo del mismo año; esto es, dentro del plazo de los cinco días hábiles que otorga la Ley, teniéndose por cumplido lo preceptuado por el art. 417 del CPP en relación al plazo para la interposición del recurso de casación
- Parte imputada: Andrés Mita Chura, Abel Esqueti Mamani y otros
- Por memorial presentado el 16 de marzo de 2020, cursante de fs
- Por Sentencia N° 56/2017 de 4 de septiembre (fs
- Mediante diligencia de 12 de marzo de 2020 (fs
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- En virtud a la diligencia de fs
- Sin embargo, al encontrarnos ante la denuncia de vulneración de derechos, es posible aplicar la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
