Bajo el rótulo “con referencia a la errónea aplicación de los arts
Por diligencia de 24 de enero de 2020 (fs. 203), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 31 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto de análisis de admisibilidad.
II. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
El recurrente manifiesta que la argumentación otorgada por el Tribunal de sentencia fue correcta estableciendo que su persona no adecuó su accionar “dentro de los alcances del art. 20 con relación al art. 48 de la Ley 1008” (sic), más cuando el concepto de autor señala a aquel que posea el dominio del hecho. Explica que la declaratoria de absolución fue afín con los hechos probados de la Sentencia relacionados con las atestaciones de AMMJ, LAA, DMG y la suya propia; agregando que el Tribunal de sentencia “aplicó correctamente las normas sustantivas penales precitadas, cuando en todo el proceso se estableció que existió otra persona que era el propietario de la sustancia controlada hallada en el pequeño departamento que alquil[ó] al sr. VHVG, además de las bolsas de yute encontradas en el interior de su automóvil, que demuestran con precisión de que [el recurrente] es inocente y desconocía a que actividad se dedicaba esta persona aspecto que no fue considerado en la investigación, ni fuera considerado por el ad quem, correspondiendo al Tribunal de casación reparar los errores en los que incurrieron el ad quo y el ad quem” (sic)
Invoca como precedentes contradictorios el Auto Supremo 320 de 14 de junio de 2003, 728 de 26 de noviembre de 2004, reproduciendo en cada caso una porción.
Bajo el rótulo “con referencia a la errónea aplicación de los arts. 33 inciso m) y 48 de la Ley 1008, con relación a los arts. 13 y 14 del Código Penal” [sic], el recurrente manifiesta que el Tribunal de apelación “en momento alguno compulsó adecuadamente las pruebas que fueron producidas y consideradas para dictar sentencia” (sic), explicando que no fue encontrado en posesión de sustancia controlada alguna, como tampoco se demostró que haya estado relacionado con la hallada en el domicilio de VHVG
- Por memorial presentado el 31 de enero de 2020, cursante de fs
- Por Sentencia 05/19 de 27 de marzo (fs
- Contra la citada Resolución, el Ministerio Público promovió recurso de apelación restringida (fs
- Bajo el rótulo “con referencia a la errónea aplicación de los arts
- Manifiesta que no es posible partir de un punto de culpabilidad para desvirtuar la acusación
- Invoca como precedentes contradictorios los ASS 728 de 26 de septiembre de 2004, 389 de
- Señala que el Auto de Vista impugnado tuvo en cuenta que la Sentencia procedió en
- Alega que los de alzada mal pudieron sostener que el Tribunal de sentencia incurrió en
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este Tribunal de manera uniforme y reiterada, ha establecido que un supuesto de flexibilización de
- El recurrente acude a casación reclamando al Tribunal de alzada haber omitido pronunciarse sobre los
- Así las cosas, la Sala considera que el recurso de casación que motiva autos, es
- En efecto, cuando la norma acude al precedente como mecanismo de funcionamiento procesal del recurso
- Por último, si bien en el memorial del recurso, se reproducen porciones de los AASS
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
