Acotando que el recurso de casación no procede contra otro tipo de Resolución judicial pronunciada
Acotando que el recurso de casación no procede contra otro tipo de Resolución judicial pronunciada por los Tribunales superiores en el ámbito de su competencia y, de manera específica, respecto a aquellas que resuelven los recursos de apelación incidental, de acuerdo a las previsiones del art. 403 del CPP, sin que este criterio signifique una vulneración al derecho a recurrir; toda vez, que éste solamente puede ser ejercido en los casos que la ley ha previsto expresamente como manda el art. 394 del citado cuerpo legal, extremo ratificado por este Tribunal en el Auto Supremo 078/2012-RA de 23 de abril; deviniendo el motivo en inadmisible
- Por memorial presentado el 9 de marzo de 2020, Anibal Vicente Miranda Balboa (fs
- Contra la referida Sentencia, el acusado Anibal Vicente Miranda Balboa (fs
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- En cuanto al primer motivo casacional, el recurrente cumple con la fundamentación del motivo consistente
- Denuncia como segundo motivo que previo ingresar al juicio oral, público y contradictorio, en ejercicio
- Al respecto debemos precisar que la resolución de la reserva de apelación restringida con respecto
- Acotando que el recurso de casación no procede contra otro tipo de Resolución judicial pronunciada
- Se cumple en el Recurso de casación con la invocación del precedente, sin embargo, la
- Por último, como cuarto motivo denuncia que fue condenado por el delito de prevaricato, y
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
