Auto Supremo AS/0361/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2020-RA

Fecha: 15-Sep-2020

e) Expresó vulneración e interpretación errónea y aplicación indebida de la ley en cuanto a

e) Expresó vulneración e interpretación errónea y aplicación indebida de la ley en cuanto a la usucapión decenal prevista en el art. 138 del Código Civil, que no permite la usucapión al detentador precario. Asimismo, refirió también, errónea aplicación del art. 92.I del Código Civil vinculado a la vulneración de los arts. 1503.I y 1505 del Código Civil, puesto que los documentos privados de comodato de 6 de julio y de 8 de julio ambos del año 1990 respectivamente, suscritos por Irene Blacut Argote y José Soliz Cadima, posteriores a la supuesta venta, demuestran que José Soliz Cadima y Julia Terrazas de Cadima se convirtieron en cuidadores o detentadores precarios del inmueble, ya que el demandado no demostró ser sucesor a título universal