La vulneración del derecho al debido proceso respecto a la motivación y fundamentación, dado que
4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación, se observa que María Elena Calderón Antelo por sí y en representación de Marycela Peña Calderón en lo trascendental de dicho medio de impugnación, entre otros agravios expresa:
La vulneración del derecho al debido proceso respecto a la motivación y fundamentación, dado que en el presente caso el Tribunal de alzada al dictar el Auto de vista recurrido realiza una transcripción de otro proceso que nada tiene que ver con el proceso de usucapión, sin emitir ningún criterio puntual sobre los agravios presentados en apelación, además no analizó ni valoró debida y adecuadamente las pruebas ofrecidas en el transcurso del proceso
De la revisión del recurso de casación, se observa que María Elena Calderón Antelo por sí y en representación de Marycela Peña Calderón en lo trascendental de dicho medio de impugnación, entre otros agravios expresa:
La vulneración del derecho al debido proceso respecto a la motivación y fundamentación, dado que en el presente caso el Tribunal de alzada al dictar el Auto de vista recurrido realiza una transcripción de otro proceso que nada tiene que ver con el proceso de usucapión, sin emitir ningún criterio puntual sobre los agravios presentados en apelación, además no analizó ni valoró debida y adecuadamente las pruebas ofrecidas en el transcurso del proceso
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por María Elena Calderón Antelo
- Emitida la referida determinación María Elena Calderón Antelo por sí y en representación de Marycela
- Fallo de segunda instancia que es recurrida en casación por María Elena Calderón Antelo por
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 96/2019 de 02 de octubre cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista) así como el auto complementario, conforme se tiene
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que las recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- La vulneración del derecho al debido proceso respecto a la motivación y fundamentación, dado que
- Que las recurrentes cumplieron con los requisitos exigidos por ley para la demanda de usucapión,
- La violación e interpretación errónea de la ley a través de la mala apreciación de
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule o case el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
