De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la
De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista, estos gozan de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, ello tomando en cuenta que la resolución impugnada emite un fallo confirmatorio del Auto Definitivo, de lo que se colige que la interposición del recurso de casación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical así como lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil
- Partes: Mario Xavier Marquez Morales y otro representado por Luis Gerardo Prudencio Reyes Ortiz y
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por la parte demandante según memorial
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 15/2020 de fecha 28 de febrero, cursante de
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación de fs
- De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la
- La violación e indebida aplicación de los arts
- Que el Auto de Vista incurrió en error en la apreciación de las pruebas, puesto
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule o en su
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
