Auto Supremo AS/0381/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0381/2020-RA

Fecha: 22-Sep-2020

Que los hechos dentro el presente proceso constituyen la verdad material, plasmada en las pruebas

Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación, Rolando García Terán en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
Que los hechos dentro el presente proceso constituyen la verdad material, plasmada en las pruebas ofrecidas en la contestación a la demanda así como en audiencia de ofrecimiento de pruebas y en las conclusiones, sin embargo en Sentencia y en el Auto de Vista no se valoró la confesión espontanea realizada por el demandante, que no necesitaba ser probada, ya que la misma se encuentra en la demanda principal conforme lo establece el art. 157.III del Código Procesal Civil, misma que fue observada a momento de presentar la contestación, empero dicha confesión fue ignorada por completo, tanto por el Juez A quo así como por los Vocales de alzada en total parcialización con la parte demandante, vulnerando así los derechos y garantías constitucionales como ser el debido proceso, acceso a la justicia, a ser oído y vencido en juicio, así como los principios de imparcialidad, igualdad procesal, seguridad jurídica, legalidad y verdad material consagrados en la Constitución Política del Estado