3
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Rubén Aranibar Portanda según memorial cursante de fs. 576 a 579 vta., y por Elizabeth Aranibar Portanda por sí y en representación de Luis y Pablo Aranibar Portanda conforme escrito cursante de fs. 584 a 586 vta., dio lugar a que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista de 20 de julio de 2020, cursante de fs. 602 a 606, CONFIRMANDO la Sentencia de 13 de octubre de 2017, sin costas ni costos.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Rubén Aranibar Portanda según memorial cursante de fs. 608 a 612, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Rubén Aranibar Portanda según memorial cursante de fs. 608 a 612, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista de 20 de julio de 2020 cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la
- de casación
- De la revisión del recurso de casación, interpuesto por Rubén Aranibar Portanda se observa que
- Que el Tribunal de alzada no debió haber tomado en cuenta el informe pericial, dado
- De esta manera, solicitan la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
