Denuncia violación del art
Por diligencia de 4 de octubre de 2019 (fs. 2324), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 11 del mismo mes y año, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Denuncia violación del art. 408 en relación al art. 130 ambos del Código de Procedimiento Penal (CPP) por parte del Tribunal de alzada, bajo el argumento que los recursos de apelación restringida opuestos por el Ministerio Público y el INRA, fueron presentados superados de forma extemporánea; 24 días hábiles en el primer caso, y, 98 días hábiles en el segundo. Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 90/2006 de 2006, extractando una porción de su texto atinente a la obligatoriedad de los actos y plazos procesales
- Por memorial presentado el 11 de octubre de 2019, cursante de fs
- Por Sentencia 03/2019 de 9 de enero (fs
- Contra la citada Sentencia, el INRA (fs
- Denuncia violación del art
- Finalmente, el señor Estenssoro Cisneros, manifiesta que el Auto de Vista 55, contradijo la doctrina
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En el primer motivo denuncia violación del art
- En el segundo motivo el recurrente denuncia una supuesta incongruencia omisiva en contradicción a la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
