Como Precedente contradictorio cita los Autos Supremos Nos
Como Precedente contradictorio cita los Autos Supremos Nos. 109 de 29 de abril de 2010, 451 de 13 de septiembre de 2007 y 2000/01 de 18 de enero; los cuales, los transcribe parcialmente, no identificando a qué se refieren concretamente los mismos; de igual manera, no explica en términos precisos, cuál es la contradicción entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes invocados; además que, toda su argumentación versa sobre la Sentencia, más no sobre la Resolución impugnada, por lo que se advierte que no cumplió con los presupuestos establecidos para su admisión, omisión que no puede ser suplida de oficio; falta de técnica recursiva que implica, que este Tribunal no tenga abierta su competencia para conocer el fondo del motivo de casación, al no haberse sentado las bases para verificar el sentido jurídico contradictorio; por lo que no, corresponde su admisión
- Por memorial presentado el 13 de julio de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la imputada Benita Ortiz Rocha (fs
- Por diligencia de 6 de julio de 2020 (fs
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 6 de julio de 2020, la
- Primer motivo de casación
- La recurrente se limita en señalar que, en apelación restringida ya denunció este agravio, el
- La recurrente soslayó considerar que este Tribunal tiene específicas atribuciones a tiempo de resolver el
- Segundo motivo de casación
- Como Precedente contradictorio cita los Autos Supremos Nos
- Corresponde dejar claramente establecido que, la labor de este Tribunal Supremo de Justicia se encuentra
- Por los argumentos vertidos precedentemente, este Alto Tribunal no puede realizar su función nomofiláctica a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
