Por memorial presentado el 13 de julio de 2020, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 516/2020-RA
Sucre, 17 de septiembre de 2020
Expediente: Santa Cruz 53/2020
Parte Acusadora: Ministerio Público y María Zulma Guevara Moreira
Parte Imputada: Benita Ortiz Rocha y Rubén Patiño Escobar
Delitos: Avasallamiento, Robo Agravado y Asociación Delictuosa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de julio de 2020, cursante de fs. 733 a 741, Benita Ortiz Rocha, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista N° 2 de 20 de febrero de 2020, de fs. 722 a 727, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y María Zulma Guevara Moreira contra Benita Ortiz Rocha y Rubén Patiño Escobar, por la presunta comisión de los delitos de Avasallamiento, Robo Agravado y Asociación Delictuosa, previstos y sancionados por los arts. 351 Bis, 332 y 132 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 516/2020-RA
Sucre, 17 de septiembre de 2020
Expediente: Santa Cruz 53/2020
Parte Acusadora: Ministerio Público y María Zulma Guevara Moreira
Parte Imputada: Benita Ortiz Rocha y Rubén Patiño Escobar
Delitos: Avasallamiento, Robo Agravado y Asociación Delictuosa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de julio de 2020, cursante de fs. 733 a 741, Benita Ortiz Rocha, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista N° 2 de 20 de febrero de 2020, de fs. 722 a 727, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y María Zulma Guevara Moreira contra Benita Ortiz Rocha y Rubén Patiño Escobar, por la presunta comisión de los delitos de Avasallamiento, Robo Agravado y Asociación Delictuosa, previstos y sancionados por los arts. 351 Bis, 332 y 132 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 13 de julio de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la imputada Benita Ortiz Rocha (fs
- Por diligencia de 6 de julio de 2020 (fs
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 6 de julio de 2020, la
- Primer motivo de casación
- La recurrente se limita en señalar que, en apelación restringida ya denunció este agravio, el
- La recurrente soslayó considerar que este Tribunal tiene específicas atribuciones a tiempo de resolver el
- Segundo motivo de casación
- Como Precedente contradictorio cita los Autos Supremos Nos
- Corresponde dejar claramente establecido que, la labor de este Tribunal Supremo de Justicia se encuentra
- Por los argumentos vertidos precedentemente, este Alto Tribunal no puede realizar su función nomofiláctica a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
