Sobre la temática planteada cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 58/2012 de 30 de
Sobre la temática planteada cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 58/2012 de 30 de marzo, referido a la aplicación del art. 399 del CPP; de la verificación al precedente invocado, se establece que la doctrina legal generada en éste refiere al deber del Tribunal de alzada sobre la aplicación y finalidad de lo establecido en el art. 399 del CPP, y en el motivo acusa la violación del mencionado artículo por la actuación de uno solo de los miembros de su Sala y que al Auto de Vista impugnado fue emitido por un Vocal incompetente; por lo que se constató, que el motivo en cuestiónto fue presentado de manera fundada explicando el agravio en términos claros y precisos, identificando como norma procesal inobservada lo dispuesto en el art. 399 y 169 núm. 3) del CPP, citando el precedente contradictorio y explicando cuál la contradicción que existe en su planteamiento entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado, además de describir la solución al caso que pretende; en consecuencia se advierte que el recurrente al fundamentar su recurso cumplió con los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP
- Por Sentencia 21/2019 de 9 de agosto (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el acusado Pedro Zelaya Rivera (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto al primer motivo, el recurrente acusa que su recurso de apelación restringida fue observado
- Sobre la temática planteada cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 58/2012 de 30 de
- Sobre la temática planteada cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 98/2013 de 15 de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
