2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación.
De la revisión de antecedentes se tiene que, la parte recurrente cumplió con el requisito del plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que Daniela y Paulina ambas Ricco Quiroga mediante su representante Rodolfo Roca Céspedes fueron notificadas el 12 de noviembre de 2020 con el Auto de Vista Nº 259/2020 pronunciado el 20 de octubre y presentaron su recurso de casación el 24 de noviembre del presente año tal como se observa en el timbre electrónico a fs. 287 es decir, en vigencia del plazo de diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
