2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), se observa que los recurrentes fueros notificados el 6 de octubre de 2020 conforme la diligencia a fs. 667, y presentaron su recurso de casación el 15 de octubre del mismo año, la como se observa en el timbre electrónico que cursa a fs. 668; consecuentemente haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro el plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles.
