Auto Supremo AS/0026/2021-RA.
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0026/2021-RA.

Fecha: 11-Ene-2021

e)

e)Manifestaron que Dionicio Duran Medrano no podía plantear la demanda de nulidad; debido a que existe el documento privado de 26 de octubre de 1990, en consecuencia la demanda debió ser declarada improponible subjetiva y objetivamente, o en el peor de los casos debió declararse improbada la demanda o probada la excepción procesal de falta de legitimación activa; o haciendo uso de la revisión de oficio previsto por el art. 106.I del Código Procesal Civil, el Tribunal de alzada en pro de la aplicación del principio iura novit curia debió declarar improponible la demanda, disponiendo la anulación obrados.