VISTOS
VISTOS: Los recursos de casación interpuestos de fs. 1754 a 1782 vta., por Carla Fabiola Torres Avendaño y Dolly Avendaño Mattos; de fs. 1786 a 1788 vta., por Rufino Ayaviri Condori y Simona Merma Quispe de Ayaviri, de fs. 1795 a 1799 por Dionicio Duran Medrano; el recurso de fs. 1806 a 1811 vta., por Jeffrey Moreno Pérez en representación de Rossemary Cardona Carvajal y Marco Antonio Torres Cardona, y la adhesión de fs. 1813 a 1814 vta., por Aldo Clamir Cava Chavez en representación de Mary Sheyla Torres Lazcano y Reynaldo Torres Lazcano, todos contra el Auto de Vista Nº 146/2020 de 13 de noviembre, cursante de fs. 1714 a 1729, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera, del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario sobre reivindicación y otros, seguido por Carla Fabiola Torres Avendaño contra Dionicio Duran Medrano y Narcizo Duran Mostacedo, el Auto de concesión de 4 de enero de 2021 cursante a fs. 1842, todo lo inherente al proceso; y:
