POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los artículos 184-1 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 42- I-1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 206 a 213, interpuesto por Marco Antonio Gosbel Ramos; en consecuencia se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista Nº 176/2021 de 6 de abril, de fs. 197 a 204, emitida por la Sala Especializada, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro. Sin costas ni costos en aplicación de los arts. 39 de la Ley N° 1178, y 52 del DS N° 23215.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 521
- Sucre, 11 de octubre de 2021
- Expediente
- Demandante
- Demandado
- Proceso
- Departamento
- Magistrado Relator
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO.
- Sentencia.
- IMPROBADA
- Auto de Vista.
- Interpuesto el recurso de apelación, por el demandante Marco Antonio Gosbel Ramos conforme consta el escrito de fs. 169 a 177, la Sala Especializada, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; mediante Auto de Vista Nº 176/2021 de 6 de abril, de fs. 197 a 204, CONFIRMÓ la Sentencia Nº 006/2021 de 15 de enero, de fs. 161 a 167; con costas y costos.
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Petitorio:
- Contestación del recurso
- Admisión.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO.
- Doctrina aplicable al caso.
- Estabilidad laboral
- Resolución del caso concreto.
- Conclusión.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
