ANULÓ
En cumplimiento del Auto de Vista N° 198/2020 de 30 de marzo (fs. 101 a 104), que ANULÓ la Sentencia N° 042/2019 de 6 de septiembre (fs. 68 a 73), la Juez Primero de Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Sucre, emitió la Sentencia N° 043/2020 de 16 de noviembre, de fs. 118 a 124, declarando PROBADA en parte la demanda, sin costas; determinando que la demandada, pague a favor de la actora, la suma de Bs.26.831,20.- (Veintiséis mil ochocientos treinta y uno 20/100 Bolivianos), por concepto de indemnización por tiempo de servicios, nivelación salarial, aguinaldo y su multa de la gestión 2017, vacaciones y bono de antigüedad; como se detalla en dicho fallo; más la aplicación de la multa de 30% y actualización, prevista en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) N° 28699 de 1 de mayo de 2006, a ser liquidado en ejecución de la Sentencia.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 629
- Sucre, 8 de noviembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: María Teresa Serrudo Velásquez
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- ANULÓ
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación.
- 1.-
- 2.-
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- El Tribunal de apelación, por Auto N° 477/2021 de 15 de julio, de fs. 165, concedió el recurso de casación de fs. 157 a 160, interpuesto por María Teresa Serrudo Velásquez; y cumpliendo con en el art. 277 del Código Procesal Civil (CPC-2013), aplicable en la materia, de conformidad al art. 252 del CPT, este Tribunal, emitió el Auto de 27 de julio de 2021 de fs. 173, admitiendo el recurso interpuesto por la demandada; que se pasa a resolver:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Fragmento 26
- POR TANTO:
- Primer periodo:
- Con un Salario Promedio de Bs.666.-
- Segundo periodo:
- Con un Salario Promedio de Bs.828.-
- Tercer periodo:
- Con un Salario Promedio Bs.1.000.-
- Total………Bs.26.610,40.-
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
