Petitorio.
Petitorio.
Solicitó, se case el Auto de Vista recurrido, desestimando el pago de vacaciones de la gestión 2015 y los reintegros de los salarios de las gestiones 2008 al 2011, por no corresponder su cancelación.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 629
- Sucre, 8 de noviembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: María Teresa Serrudo Velásquez
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- ANULÓ
- Auto de Vista.
- CONFIRMÓ
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación.
- 1.-
- 2.-
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- El Tribunal de apelación, por Auto N° 477/2021 de 15 de julio, de fs. 165, concedió el recurso de casación de fs. 157 a 160, interpuesto por María Teresa Serrudo Velásquez; y cumpliendo con en el art. 277 del Código Procesal Civil (CPC-2013), aplicable en la materia, de conformidad al art. 252 del CPT, este Tribunal, emitió el Auto de 27 de julio de 2021 de fs. 173, admitiendo el recurso interpuesto por la demandada; que se pasa a resolver:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Fragmento 26
- POR TANTO:
- Primer periodo:
- Con un Salario Promedio de Bs.666.-
- Segundo periodo:
- Con un Salario Promedio de Bs.828.-
- Tercer periodo:
- Con un Salario Promedio Bs.1.000.-
- Total………Bs.26.610,40.-
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
