II.1.2. Argumentos de hecho y de derecho.
Así expuestos los fundamentos del recurso de casación interpuesto por la parte demandada y, las consideraciones previas desarrolladas como doctrina aplicable al caso de Autos, corresponde previamente referir que la Empresa recurrente, con el fin de que este máximo Tribunal de Justicia ordinaria “dicte Auto Supremo anulatorio” según su petitorio, formuló: “RECURSO DE CASACIÓN EN EL FONDO Y LA FORMA”, sin precisar qué aspectos serían reclamados en la forma y cuáles en el fondo.
Precisado aquello y conforme a lo desarrollado en el acápite precedente, debe tenerse presente que el art. 271 del Código Procesal Civil (CPC), establece que los recursos de casación en el fondo y en la forma pueden ser interpuestos al mismo tiempo; no obstante, en ambos casos el Tribunal de Casación resuelve de distinta manera, por cuanto en el fondo se constriñe a los errores de juzgamiento, y en la forma, a los errores de procedimiento que atañen a la nulidad del proceso.
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 679/2021.
- Sucre, 10 de noviembre de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII- SCZ. 456/2021.
- Distrito: Santa Cruz.
- Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- I. 1. Antecedentes del proceso.
- I.1.1. Sentencia.
- “TRABAJADOR: IGNACIO PUTARE TOMICHA
- FECHA DE INGRESO:
- FECHA DE RETIRO:
- TIEMPO DE SERVICIO:
- SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE:
- CONCEPTO TIEMPO IMPORTE (BS.)
- DESAHUCIO
- INDEMNIZACIÓN
- AGUINALDOS
- SEGUNDO AGUINALDO
- VACACIONES
- SUELDOS DEVENGADOS
- BONO DE ANTIGÜEDAD
- CUADRO FINAL IMPORTE (BS)
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- I.1.2 Auto de Vista.
- I.2. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
- I.3. Petitorio:
- CONSIDERANDO II:
- II.1. Fundamentos jurídicos del fallo.
- II.1.1. Consideraciones previas.
- II.1.2. Argumentos de hecho y de derecho.
- I.2.
- deberá ser solicitado y absuelto dentro del término probatorio
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
